El proceso de actualización analizó más de 200 propuestas que distintos grupos remitieron online, la aceptación y la adecuación de varias de las mismas produjeron esta revisión del texto.
Quizás la novedad más llamativa es la inclusión de un nuevo ítem, al que se denomina algo así como “trastorno de duelo prolongado” (“prolonged grief disorder”, en la versión original en inglés, aun sin traducir oficialmente).
El mismo incluye los siguientes criterios:
– El desarrollo de un estado persistente de duelo, abarcando más de un año en adultos y seis meses en niños y adolescentes, caracterizado por la persistente añoranza de un ser querido muerto y/o la intensa preocupación a través de pensamientos y recuerdos.
– A partir del suceso, presentar al menos tres síntomas recurrentes casi a diario en un rango clínicamente significativo durante el último mes, abarcando problemas identitarios disruptivos, marcada negación acerca de la muerte producida, evitación patente de recordatorios de que la persona ha fallecido, intenso dolor emocional relativo al deceso, dificultad para reintegrarse a las relaciones y a las actividades, insensibilidad emocional, sentimiento de que la vida carece de sentido después de la partida e intensa soledad como resultado de la muerte.
– La perturbación causa angustia significativa o problemas en diversas áreas de funcionamiento, como la social y la laboral, entre otras.
– La duración de ese duelo excede lo esperado social, cultural o religiosamente, según la cultura del sujeto y su medio.
– Los síntomas carecen de una mejor explicación a través de otros trastornos mentales y no pueden atribuirse al consumo de sustancias o a otra condición médica.
Por otro lado, la entrada sobre discapacidad intelectual ahora recibe el título de “trastorno del desarrollo intelectual (discapacidad intelectual)” para alinearse más estrechamente con el sistema clasificatorio de las enfermedades de la Organización Mundial de la Salud, que utiliza la etiqueta de “trastornos del desarrollo intelectual”.
También se hicieron cambios menores en lo que respecta a los Trastornos del Espectro Autista. Así, uno de ellos permite describir conductas que no llegan a tener identidad diagnóstica propia, como las conductas autolesivas. En lugar de “asociadas con otro trastorno del neurodesarrollo, mental o conductual”, ahora se reemplaza “trastorno” con “problema”.
Al mismo tiempo, se busca saldar un problema de interpretación respecto de la comunicación, cuando en la versión original se aludía a que existen en esos pacientes déficit emocional, problemas en la interacción no verbal y en mantener, desarrollar y entender las relaciones, remarcando que no se necesita la presencia de uno o dos de los ítems señalados sino los tres para realizar el diagnóstico de algún TEA.
Asimismo, se reinstala el “trastorno de ánimo inespecificado”, quitado en una revisión anterior, con el objeto de facilitar la tarea diagnóstica.
Se añadió una nueva entrada referida al daño autoinfligido sin la intención de suicidio, ya que no todos aquellos que buscan lastimarse tienen como objetivo terminar con su vida.
Estas y otras novedades que trae la revisión pueden consultarse en inglés en https://www.psychiatry.org/psychiatrists/practice/dsm/educational-resources/dsm-5-fact-sheets.
Los cambios han despertado adhesiones y críticas casi por igual.
Por ejemplo, autoridades de la Autistic Self Advocacy Network estadounidense han manifestado que algunas de las variaciones en los criterios diagnósticos del autismo y sus variantes podría significar un estrechamiento de los requisitos, quizás respondiendo a la percepción de algunos sectores de la sociedad de que existe un sobrediagnóstico sobre el tema.
A su vez, Allen Frances, profesor emérito de Psiquiatría de la Universidad de Duke, en Durham, Carolina del Norte, cree que la publicación de la nueva versión obedece a motivos netamente económicos, ya que, si bien pueden consultarse los cambios online, para muchos profesionales resulta mucho más cómodo tener el Manual completo en papel o en alguna versión digital. Explica que el fin es proveer a las arcas de la Asociación.
Él y otros especialistas critican la inclusión del duelo como un trastorno, ya que, para ellos, se trataría de la patologización de algo tan común y humano como el pesar por la desaparición de un ser querido, la pérdida del trabajo u otra circunstancia traumática. Argumentan que con solamente dos semanas de dolor y con la nueva caracterología es posible no solamente etiquetar a una persona como portador de un trastorno depresivo mayor, sino que, además, es probable que se la trate hasta con medicamentos, cuando la elaboración del duelo es algo personal, que solamente en casos muy extremos debiera tomarse como un problema de salud mental.
Todavía muy recientes las modificaciones, son el tiempo y la práctica los que dirán si la veintena de entradas revisadas y la nueva son útiles o no para mejorar la capacidad diagnóstica de los usuarios del Manual utilizado por buena parte del mundo de la salud mental.